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Órdenes de protección judiciales en casos de violencia doméstica

Tipos de órdenes de protección en casos de violencia doméstica

Estos son los tipos de órdenes de protección judiciales que se pueden dictar en un caso de violencia doméstica en California:

1. Orden de alejamiento por violencia doméstica

Según la legislación de California, una orden de alejamiento (incluida una orden de alejamiento temporal) es una resolución judicial dictada por un juez de lo civil. Las órdenes de alejamiento abordan diversos asuntos de carácter doméstico, entre los que pueden figurar:

  • protección de adultos y niños
  • desahucio de una persona maltratadora
  • custodia de los hijos
  • dependencia

Si el denunciante afirma que se ha dictado una orden de alejamiento, los agentes del Departamento de Policía de San Francisco u otros agentes de las fuerzas del orden locales están obligados a comprobar su existencia y a verificar que se ha notificado.

Para comprobar la orden de alejamiento, el denunciante puede presentar una copia de la orden que lleve el sello oficial del juzgado que la dictó o, si la orden está archivada en el Departamento de Policía de San Francisco. Para saber si el Departamento tiene la orden de alejamiento en sus archivos, el agente debe consultar el registro 10-29 del presunto infractor para conocer los términos concretos de la orden.

Tras comprobar la orden, el agente del Departamento de Policía de San Francisco debe obtener una prueba de que al infractor se le ha notificado la orden o de que conoce sus términos antes de proceder a la detención. Los miembros pueden obtener la prueba de notificación o la notificación de la misma por cualquiera de los siguientes medios:

  1. El acuse de recibo figura en los archivos del Departamento de Policía de San Francisco (10-29 Person).
  2. El demandante presenta una copia del acuse de recibo.
  3. Un agente de la Policía de San Francisco le entregó la orden de alejamiento al sospechoso.
  4. Un agente de la Policía de San Francisco ya le había informado al sospechoso de que existía una orden de alejamiento y le había explicado sus condiciones.
  5. La orden indica que el sospechoso estaba presente en el juzgado cuando se dictó.

Los agentes de la Policía de San Francisco (SFPD) están capacitados para aplicar el apartado correspondiente del artículo 273.6 del Código Penal cuando detienen a un sospechoso por incumplir una orden de alejamiento. En el informe del incidente, el agente debe documentar los términos específicos de la orden de alejamiento que se han incumplido, indicar el tribunal, la fecha en que se dictó la orden y la fecha en que caduca. Además, el agente del SFPD debería registrar una copia de la orden de alejamiento como prueba, si es posible.

El agente está capacitado para indicarle a la presunta víctima que se ponga en contacto con la Fiscalía de San Francisco (o del condado en el que ocurrió el incidente) para que se lleve a cabo la investigación posterior.

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2. Orden de alejamiento por violencia doméstica en un proceso penal

Un juez de California puede dictar una orden de alejamiento en un proceso penal cuando se considere que existe intimidación hacia la víctima. Como el acusado y/o su abogado defensor están presentes en la vista pública cuando se dicta la orden de alejamiento, esta no requiere prueba de notificación.

Las órdenes de alejamiento de California en casos de violencia doméstica son válidas mientras el tribunal tenga jurisdicción sobre el sospechoso, incluido el periodo de libertad condicional. Si la fiscalía retira los cargos por violencia doméstica o el tribunal los desestima, la orden de alejamiento del caso penal queda sin efecto.

3. Órdenes de protección de emergencia en los casos de violencia doméstica en California

Una orden de protección de emergencia (EPO) en San Francisco es un tipo de orden de protección dictada por un tribunal civil. Los agentes del Departamento de Policía de San Francisco (SFPD) pueden solicitar una EPO siempre que haya motivos razonables para creer que un adulto o un menor se encuentra en peligro inmediato y real de sufrir violencia o de recibir amenazas de violencia, incluyendo:

  • violencia doméstica
  • maltrato infantil
  • acoso
  • secuestro de menores
  • violencia doméstica
  • maltrato a personas mayores (sin incluir el maltrato económico) por parte de un familiar o alguien de la misma casa.

La Orden de Protección de Emergencia (EPO) de California tiene una vigencia de cinco (5) días hábiles judiciales y de hasta siete (7) días naturales. Solo un juez de guardia del Tribunal Superior puede dictar una EPO. Los jueces de guardia del Tribunal Superior están disponibles las 24 horas del día. Los agentes del Departamento de Policía de San Francisco (SFPD) están capacitados para determinar si las circunstancias del incidente justifican solicitar una EPO.

Los agentes del Departamento de Policía de San Francisco están formados para no basar su decisión en si la víctima quiere o no una orden de protección de emergencia (EPO). Los agentes deben rellenar la versión más reciente del formulario de «Solicitud de orden de protección de emergencia».

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