Fuga tras pagar la fianza en un caso de delito grave
- 4,9 estrellas / 536 opiniones
- Martindale-Hubbell: «Client Champion» Platino
- Miembro de la NCDD
- Miembro de la NACDL
- Servicio bilingüe disponible
La incomparecencia es un delito de engaño que se basa en el incumplimiento por parte del acusado de un acuerdo contractual. Véase People v. Jenkins, 146 Cal.App.3d 22, 28 (1983). Como el incumplimiento de una promesa es la esencia del delito, la resolución final del delito subyacente no tiene importancia.
Por ejemplo, en el caso People v. Walker, 29 Cal.4th 577, 583 (2002), el tribunal dictaminó que la pena por fugarse tras quedar en libertad bajo fianza, según el artículo 1320.5 del Código Penal, es aplicable independientemente de la resolución sobre el delito subyacente.
Abogados especializados en casos de fuga tras la libertad bajo fianza en San Francisco, California
Los abogados de Ticket Crushers representan a clientes acusados de no comparecer ante el tribunal por delitos graves (lo que a menudo se conoce como «incumplimiento de la fianza» o «fuga bajo fianza») en toda la zona de la Bahía, incluyendo la ciudad y el condado de San Francisco.
También representamos a clientes que no se han presentado ante el juzgado de lo penal por delitos menores y por incumplimiento de la obligación de comparecencia ante el juzgado de tráfico.
Si no te presentas en el juicio, el tribunal suele emitir una orden de detención sin fianza contra ti. Si no te ocupas de esa orden, el fiscal puede añadirte un cargo adicional e independiente, en virtud de los artículos 1320 o 1320.5, por no comparecer.
Si no te presentas en el juicio, tienes un plazo de gracia de 14 días para entregarte antes de que se considere que estás eludiendo el proceso judicial. No te quedes esperando a que te detengan por la orden de detención. Evita cargos adicionales poniéndote en contacto con un abogado de inmediato para que te aconseje sobre la mejor forma de resolver el asunto de la cita judicial a la que no acudiste.
Llama hoy mismo al 1 (866) 842-5384.
Sin juicios, sin sermones, sin intentar venderte nada más.
Te tratamos como si fueras de la familia
Respondemos rápido — normalmente el mismo día laborable.
Una llamada, un equipo
un resultado
Consulta gratuita. Disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Desde el primer contacto hasta el resultado, tratas con una sola empresa.
Ticket Crushers Law Firm exceeded every expectation I had and then some! From the very first interaction, their communication was flawless. They were proactive, responsive, and incredibly clear about every step of the process. I always felt informed, confident, and completely taken care of…
Amit Sharma
I highly recommend The Ticket Crushers team! From start to finish, the process was professional, responsive, and stress-free. A special thank you to **Kat Nuñez** for her excellent communication, prompt updates, and guidance throughout my case..
Venky P
Wow! These folks are impressive. They invisibly took care of my Traffic Ticket. A very pleasant experience dealing with them. There was a change of date for court appearance and I didn’t have to bother them. When the ticket was settled, they informed me and all was taken care of! Happy ending for me.
Parag Kulkarni
This firm did an amazing job helping me through this long and emotional process. Without Ticket Crushers I probably would have been in a deeper hole than I was in. They helped me out with two cases and I could not ask for a better outcome for both. I would definitely…
Terence Hernandez
I had a disabled‑placard ticket in San Mateo, and the police officer charged me with a misdemeanor. I was very worried and stressed about the case. Ticket Crushers handled everything for me from the beginning. They went to court on my behalf, kept me updated…
Vijay Khokhar
I had an outstanding experience with Ticket Crushers. From the beginning, the entire process was stress-free and handled with complete professionalism. I did not have to worry about anything — they took care of every detail for me. Communication was excellent…
Alissa Kovaleva
Historia de la ley sobre la fuga tras el pago de la fianza en California
La historia legislativa muestra que el objetivo del artículo 1320.5 era «disuadir de fugarse tras quedar en libertad bajo fianza». (Comisión de Justicia del Senado, análisis del proyecto de ley del Senado n.º 395 (sesión ordinaria de 1983-1984), p. 1; Grupo Parlamentario Republicano del Senado, análisis del proyecto de ley del Senado n.º 395 (sesión ordinaria de 1983-1984), en su versión modificada el 16 de junio de 1983, p. 1).
El texto y los antecedentes del artículo 1320.5 también reflejan la opinión de la Asamblea Legislativa de California de que, para cumplir este objetivo, es necesario imponer una pena, independientemente de que el acusado sea finalmente condenado o no por el delito por el que estaba en libertad bajo fianza cuando no se presentó ante el tribunal tal y como se le había ordenado. El artículo 1320.5 se aplica a toda persona que esté «acusada o condenada» por la comisión de un delito grave mientras se encuentre en libertad bajo fianza y sea susceptible de ser condenada.
El artículo 1320.5 se aplica a cualquier persona que esté «acusada o condenada» por cometer un delito grave mientras se encuentre en libertad bajo fianza y sea susceptible de ser condenada. Véase el análisis de la Comisión de la Asamblea sobre Derecho Penal y Seguridad Pública del proyecto de ley del Senado n.º 395 (sesión ordinaria de 1983-1984) p. 2 [donde se señala que la legislación propuesta sometería a un acusado que no se presentara a juicio por un delito grave subyacente a una condena y a sanciones, «incluso si el acusado fuera víctima de una identificación errónea o fuera absuelto del cargo subyacente»].)
La disposición sobre agravantes por «estar en libertad bajo fianza» del artículo 12022.1
Según el artículo 12022.1 del Código Penal de California, si el acusado comete un delito grave mientras está en libertad bajo fianza o bajo palabra, se le pueden imponer penas adicionales. La disposición de agravante por «estar en libertad bajo fianza» del artículo 12022.1 se aplica, por lo general, si un acusado de un delito grave sale en libertad bajo fianza, es detenido posteriormente por cometer un segundo delito grave mientras está en libertad bajo fianza y es condenado por ambos delitos graves.
El agravante de la pena previsto en el artículo 12022.1 no se basa en el mismo acto u omisión por el que el acusado puede ser sancionado en virtud del artículo 1320.5. El objetivo del artículo 12022.1 va más allá de la mera disuasión frente a la fuga tras la libertad bajo fianza.
En un análisis legislativo se señalaba que el proyecto de ley crearía otra agravante basada en la situación del acusado, algo parecida a la agravante del artículo 667.5 por condenas anteriores, que no tendría en cuenta las circunstancias del delito. (Comisión Senatorial de Justicia, análisis del proyecto de ley de la Asamblea n.º 692 (sesión ordinaria de 1981-1982), en su versión modificada el 25 de enero de 1982, p. 5.)
El objetivo del artículo 12022.1 va más allá de la mera disuasión frente al incumplimiento de la libertad bajo fianza. En un análisis legislativo se señaló que el proyecto de ley crearía otra agravante basada en la situación del acusado, algo parecida a la agravante del artículo 667.5 por condenas anteriores a prisión, que no se centraría en las circunstancias del delito. (Comisión Senatorial de Justicia, análisis del proyecto de ley de la Asamblea n.º 692 (sesión ordinaria de 1981-1982), en su versión modificada el 25 de enero de 1982, p. 5.)
Otro informe legislativo señalaba que quienes se oponían a la aprobación de la ley lo hacían, en parte, porque «nunca se ha realizado ningún estudio significativo sobre la reincidencia durante la libertad bajo fianza». (Grupo Parlamentario Demócrata del Senado, Informe sobre la tercera lectura del proyecto de ley de la Asamblea n.º 692 (sesión ordinaria de 1981-1982), p. 2.)
Definiciones para la agravante por fuga tras la fianza en casos de delitos graves
El término «delito principal» se define como «un delito grave por el que una persona haya sido puesta en libertad bajo fianza o bajo palabra antes de que la sentencia sea firme —incluida la resolución de cualquier recurso de apelación— o por el que se haya revocado la libertad bajo fianza o bajo palabra».
En los casos en los que el tribunal haya concedido una suspensión de la ejecución de una condena a cumplir en una cárcel del condado o en una prisión estatal, por «delito principal» también se entiende un delito grave por el que una persona se encuentre en libertad durante el periodo comprendido entre la pronunciación de la sentencia y el momento en que dicha persona se entregue voluntariamente o sea devuelta a prisión.
El término «delito secundario» se refiere a un delito grave que se alega que se ha cometido mientras la persona se encuentra en libertad tras haber sido detenida por un delito principal.
Aumento adicional de dos años por fugarse tras quedar en libertad bajo fianza
Cualquier persona detenida por un delito secundario que, según se alega, haya cometido mientras se encontraba en libertad tras haber sido detenida por un delito principal, estará sujeta a un aumento de la pena de dos años adicionales, que se cumplirán de forma consecutiva a cualquier otra pena impuesta por el tribunal.
Incluir en la denuncia la notificación sobre el agravante por estar en libertad bajo fianza
El fiscal debe notificar al acusado que tiene la intención de imponerle la agravante por «estar en libertad bajo fianza». La ley exige que la alegación de agravante por estar en libertad bajo fianza, prevista en el artículo 12022(b), figure en la denuncia o el auto de acusación en el que se imputa el delito secundario, o bien en la denuncia o el auto de acusación del delito principal si ya se ha dictado sentencia condenatoria por el delito secundario.
La agravante por estar en libertad bajo fianza debe demostrarse según lo establecido por la ley. La alegación de esta agravante puede incluirse en la denuncia, pero no es necesario demostrarla en la vista preliminar ni en la vista ante el gran jurado.
Descubre qué podemos hacer por tu caso
Consigue tu presupuesto con tarifa plana en unos minutos. Gratis y sin compromiso.