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Notificación de autorización para aumentar el límite máximo de velocidad según el artículo 22366 del Código de Circulación de California (CVC)

(a) Cuando el director de Transporte fije la fecha a partir de la cual el estado pueda establecer un límite de velocidad máximo de 65 millas por hora en las autopistas sin que ello suponga una reducción de la ayuda federal destinada a las autopistas, deberá notificar dicha decisión al secretario de Estado.

(b) La notificación exigida en el apartado (a) deberá indicar que se realiza de conformidad con este artículo.

(c) La notificación deberá indicar una fecha, que será bien la fecha determinada de acuerdo con el apartado (a), bien una fecha posterior fijada por el director.

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