Conducción temeraria
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Según el artículo 23103 del Código de Tráfico de California, la conducción temeraria se define como conducir un vehículo a motor «con desprecio deliberado o imprudente por la seguridad de las personas o los bienes». Una persona puede ser detenida por conducción temeraria tanto en una vía pública como en un aparcamiento privado.
A diferencia de una infracción de tráfico civil, la conducción temeraria es un delito penal que conlleva sanciones penales. La conducción temeraria es un delito menor que se castiga con hasta 90 días de cárcel y/o una multa de entre 145 y 1.000 dólares. Las sanciones por conducción temeraria pueden incluir la incautación de tu vehículo durante un máximo de 30 días y/o la suspensión de tu permiso de conducir.
Además de las consecuencias directas que puede imponer el tribunal, el DMV también puede tomar ciertas medidas administrativas. Tras una condena por conducción temeraria, el artículo 12810(c) del Código de Vehículos de California exige que el DMV imponga dos puntos en el historial de conducción del acusado. También debes tener en cuenta que una condena por conducción temeraria puede hacer que tu compañía de seguros aumente drásticamente tus primas mensuales o que te retire la cobertura por completo.
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Abogado especializado en conducción temeraria en el Área de la Bahía / Sur de California
Si te han detenido por conducción temeraria según el artículo 23103 del Código de Tráfico de California, ponte en contacto con un abogado con experiencia en defensa penal de Ticket Crushers. Nuestros abogados locales representan a clientes de toda la zona de la Bahía de San Francisco y del sur de California.
En muchos casos, un cargo por conducción temeraria suele ir acompañado de otros cargos penales o infracciones de tráfico civiles, como el exceso de velocidad.
Si el conductor estaba bajo los efectos de las drogas o el alcohol y conducía de forma imprudente, también se le pueden imputar otros cargos por conducir bajo los efectos de sustancias. Otros cargos relacionados pueden ser el atropello con fuga, abandonar el lugar del accidente, exceso de velocidad, exhibición de velocidad (carreras callejeras) o competición de velocidad (carreras callejeras que causen lesiones).
Llámanos para saber más sobre el delito de conducción temeraria, las posibles sanciones y las defensas que puedes alegar. Podemos ayudarte a defenderte de los cargos. Llama hoy mismo al 1 (866) 842-5384 para hablar con un abogado con experiencia en defensa de casos de conducción temeraria en California.
Sanciones por conducción temeraria según el Código de Tráfico de California
A diferencia de una infracción de tráfico civil, la conducción temeraria es un delito que conlleva sanciones penales. La conducción temeraria es un delito menor que se castiga con hasta 90 días de cárcel y/o una multa de entre 145 y 1.000 dólares. Las sanciones por conducción temeraria pueden incluir la incautación de tu vehículo durante un máximo de 30 días.
Según el artículo 13200 del Código de Tráfico de California, el tribunal puede suspender tu permiso de conducir hasta 30 días tras la primera condena por conducción temeraria. En caso de una segunda condena por conducción temeraria, el tribunal puede suspender tu permiso de conducir hasta 60 días. En caso de una tercera condena o posteriores por conducción temeraria, el tribunal puede suspender tu permiso de conducir hasta seis meses.
Además de las sanciones penales, el DMV te restará dos puntos del carné de conducir. El DMV también puede tener en cuenta la condena por conducción temeraria en tu contra en cualquier futura audiencia sobre la suspensión del carné.
Si otra persona resultara herida o falleciera como consecuencia de la conducción temeraria, las sanciones pueden ser más severas. Las sanciones también son más graves si tienes antecedentes penales por conducción temeraria.
Elementos de la conducción temeraria según el artículo 23103 del Código de Tráfico de California
Los elementos constitutivos de la conducción temeraria, según el artículo 23103 del Código de Circulación, exigen que se demuestre más allá de toda duda razonable que:
- El acusado conducía un vehículo a motor;
- El vehículo circulaba por una vía pública, una autopista o un aparcamiento fuera de la vía pública; y
- El acusado condujo de forma intencionada, sin tener en cuenta en absoluto la seguridad de las personas ni de los bienes.
La expresión «desprecio temerario por la seguridad» significa que:
- El acusado es consciente de que sus actos suponen un riesgo considerable e injustificable de causar daño; y
- El acusado hizo caso omiso de ese riesgo a propósito.
Sin embargo, el fiscal no está obligado a demostrar que el acusado tuviera la intención de causar ningún daño a ninguna persona o a ningún bien.
La legislación de California define el término «carretera» de tal forma que abarca cualquier zona mantenida con fondos públicos y abierta al público para la circulación de vehículos, y eso incluye las calles. Además, un «aparcamiento fuera de la vía pública» es una instalación fuera de la vía pública abierta al público para aparcar vehículos. Un aparcamiento fuera de la vía pública incluye cualquier aparcamiento abierto a los clientes de tiendas, incluso cuando no se cobra por aparcar.
Conducción temeraria con lesiones corporales
La conducción temeraria que provoque lesiones corporales, según el artículo 23104 del Código de Tráfico de California, requiere tanto que se demuestre que hubo conducción temeraria como que la conducción del acusado fuera la causa directa de las lesiones corporales sufridas por una persona distinta del conductor.
La legislación de California define «lesiones corporales» como cualquier lesión física que requiera tratamiento médico profesional. Las sanciones por un delito de conducción temeraria se agravan si dicha conducción provoca lesiones corporales graves. La normativa define «lesiones corporales graves» como lesiones físicas significativas o sustanciales.
Según el artículo 23104(a) del Código de Tráfico de California (CVC), una persona condenada por conducir de forma imprudente o por participar en una carrera ilegal que provoque lesiones a otra persona se enfrenta a:
- Encarcelamiento en una cárcel del condado o en una prisión estatal durante un período de entre 30 días y 6 meses como mínimo; y/o
- Una multa de entre 220 y 1.000 dólares.
Defensas ante la acusación de conducción temeraria
La legislación de California reconoce importantes limitaciones en lo que respecta a la conducción temeraria. En muchos de estos casos, el tribunal distingue entre las pruebas de conducción negligente o incluso de negligencia grave, que no son suficientes para que se considere conducción temeraria. Véase People v. Allison, 101 Cal.App.2d Supp. 932 (1951); People v. McNutt, 40 Cal.App.2d Supp. 835 (1940).
Los tribunales también tienen en cuenta otras infracciones de tráfico para determinar si hay pruebas suficientes de conducción temeraria, como el exceso de velocidad, no mantenerse en el carril y los adelantamientos indebidos. Véase People v. Nowell, 45 Cal.App.2d Supp. 811 (1941).
Un abogado con experiencia en defensa penal puede alegar varias defensas ante un cargo por conducción temeraria según el artículo 23103 del Código de Tráfico de California, entre ellas:
- No hay pruebas suficientes de que el acusado fuera quien conducía el vehículo;
- La forma de conducir no era suficiente para demostrar que se tratara de una conducción temeraria (aunque sí podría haber sido negligente); y
- El acusado actuó por necesidad para evitar un mal mayor.
La defensa por necesidad en los casos de conducción temeraria
En algunos casos de conducción temeraria, el conductor puede demostrar que su forma de conducir era necesaria para evitar un daño mayor. Según la legislación de California, la defensa por necesidad es una defensa afirmativa que exige que el acusado demuestre que:
- La conducción imprudente se produjo porque el acusado creía, con razón, que se trataba de una situación de emergencia;
- El acusado no provocó la situación de emergencia; y
- La situación de emergencia supuso un peligro para el conductor o para algún tercero.
El exceso de velocidad no basta para demostrar que se ha conducido de forma temeraria
Los tribunales de California han reconocido que el exceso de velocidad, por sí solo, no basta para demostrar que el acusado condujera con un desprecio temerario por la seguridad de cualquier persona o bien. En cambio, el exceso de velocidad es uno de los factores que el jurado debe tener en cuenta.
Penas por conducción temeraria «bajo los efectos del alcohol» (art. 23103 del Código de Tráfico, en relación con el art. 23103.5)
En el caso del delito de conducción temeraria —que se ha rebajado de conducción bajo los efectos del alcohol según el artículo 23103.5 del Código de Vehículos (VC)—, el tribunal puede concederte la libertad condicional o no. Si el tribunal concede la libertad condicional, te pueden condenar a hasta 90 días de cárcel O a una multa de hasta 1.000 dólares más recargos O a ambas cosas, Y a asistir a un programa de tratamiento.
Si el tribunal no te concede la libertad condicional, te pueden condenar a entre 5 y 90 días de cárcel O a una multa de entre 145 y 1.000 dólares, más las tasas judiciales, O a ambas cosas.
Es importante tener en cuenta que una condena por conducción temeraria, que se haya rebajado de una condena por conducir bajo los efectos del alcohol (DUI) en virtud del artículo 23103.5 del Código de Tráfico de California (VC), se considerará una condena independiente por DUI si se comete un nuevo delito de DUI en los diez años siguientes.
Cómo encontrar un abogado especializado en conducción temeraria en el Área de la Bahía / el sur de California
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