Suspensión administrativa per se (APS)
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- Miembro de la NCDD
- Miembro de la NACDL
- Servicio bilingüe disponible
Solo tienes 10 días tras una detención por conducir bajo los efectos del alcohol (DUI) en la que se haya dictado una orden de suspensión o de revocación para solicitar una audiencia y recurrir la suspensión de la APS. El DMV de California celebrará una audiencia telefónica, a menos que solicites una audiencia presencial.
Abogado para la audiencia administrativa de la APS del DMV en California
Aunque puedes solicitar tú mismo la audiencia ante el DMV, si tienes pensado contratar a un abogado penalista para que te represente en el caso de conducción bajo los efectos del alcohol, es importante que lo contrates en un plazo de diez (10) días desde la detención para que la solicitud de la audiencia se presente a tiempo. La audiencia ante el DMV es una de las partes más importantes del caso, así que es fundamental que tu abogado penalista tenga tiempo suficiente para prepararse para ella.
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El programa de suspensión administrativa del carné por conducir bajo los efectos del alcohol de California
El Departamento de Vehículos de Motor (DMV) de California gestiona un programa de suspensión administrativa del carné de conducir. A este programa se le suele llamar «Admin Per Se» (APS). El APS se puso en marcha en 1990 para cumplir con los requisitos necesarios para recibir subvenciones federales y para disuadir la conducción bajo los efectos del alcohol.
En la mayoría de los casos de detención por conducir bajo los efectos del alcohol, el agente que realiza la detención te retirará el carné de conducir y emitirá una orden de suspensión o revocación. La notificación de suspensión o revocación se emite cuando:
- El acusado se niega a someterse a una prueba química de sangre o de aliento tras una detención legal por conducir bajo los efectos del alcohol; o
- El acusado se somete a una prueba química (de sangre o de aliento) que muestra un nivel de concentración de alcohol en sangre (BAC) de:
- 0,01 % mientras estás en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol
- 0,04 % mientras conduces un vehículo comercial, y/o
- 0,08 % o más al conducir un vehículo no comercial
Los análisis de orina en los casos de conducción bajo los efectos del alcohol en California son poco habituales
Los análisis de orina se han eliminado en gran medida del programa de pruebas de conducción bajo los efectos del alcohol de California, salvo en las siguientes circunstancias:
- Ni el análisis de sangre ni las pruebas de alcoholemia están disponibles
- El conductor es hemofílico, o
- El conductor está tomando medicación anticoagulante
La revisión administrativa somera del DMV
Tras la detención por conducir bajo los efectos del alcohol, el agente te retirará el carné de conducir y te entregará una orden de suspensión o revocación. Si cumples los requisitos, el agente también te dará un carné de conducir provisional que viene incluido en la orden. El carné de conducir provisional tiene una validez de 30 días a partir de la fecha de expedición (que suele ser la fecha de la detención).
Si, por cualquier motivo, el agente no te entrega la orden de suspensión o revocación, el DMV te la enviará por correo.
Es importante tener en cuenta que la suspensión o revocación del APS del DMV es independiente de cualquier sanción que se te pueda imponer en el proceso penal si finalmente te declaran culpable de conducir bajo los efectos del alcohol.
Una vez que el agente que ha detenido al conductor haya entregado la orden de suspensión o revocación al DMV, este llevará a cabo automáticamente una revisión somera de la documentación. Esa documentación puede incluir:
- El carné de conducir
- El informe jurado del agente y cualquier documento adjunto
- Un atestado de detención
- Un informe del accidente de tráfico (si lo hay), y
- Los resultados de cualquier análisis químico del aliento, la sangre o la orina.
Solicitar una audiencia ante la DMV para impugnar la suspensión administrativa
Solo tienes 10 días desde que recibas la orden de suspensión o revocación para solicitar una audiencia y recurrir la suspensión o revocación de la APS. El DMV de California celebrará una audiencia telefónica, a menos que solicites una audiencia presencial.
Si tienes pensado contratar a un abogado penalista para que te represente en el caso de conducción bajo los efectos del alcohol, es importante que lo contrates en un plazo de diez (10) días desde la detención, para que la solicitud de la audiencia se presente a tiempo y para que tu abogado penalista tenga tiempo suficiente para prepararse para la audiencia ante la DMV.
El DMV no suspenderá la suspensión o revocación de la APS a menos que solicites una audiencia dentro del plazo de 10 días desde la detención y el DMV no pueda celebrarla antes de la fecha de entrada en vigor de la suspensión o revocación de la APS.
Una vez que hayas solicitado la audiencia ante el DMV, tu abogado especializado en casos de conducción bajo los efectos del alcohol obtendrá copias de las pruebas que el DMV admitirá en el expediente durante la audiencia. Tienes derecho a que un abogado penalista te represente en la audiencia ante el DMV. Se te permite testificar en la audiencia o presentar otras pruebas, aunque tu abogado penalista puede explicarte las razones por las que no deberías testificar.
En la mayoría de los casos, la DMV no citará a ningún testigo para que declare (ni siquiera al agente que te detuvo). Sin embargo, tu abogado suele citar a todos los testigos del caso.
Tras la resolución de la audiencia, tu abogado puede presentar una solicitud por escrito para que el departamento revise el caso en un plazo de 15 días a partir de la fecha de entrada en vigor de la notificación. El DMV cobra una tasa de 120 dólares por la revisión del departamento, tal y como se establece en los artículos 14105.5 y 14907 del Código de Vehículos de California (CVC).
Cómo recuperar el permiso de conducir tras una suspensión de la APS en California
Una vez que haya finalizado la suspensión o revocación, puedes recuperar tu permiso de conducir de las siguientes formas:
- Pagar una tasa de reemisión de 125 dólares al DMV, tal y como exige el artículo 14905 del Código de Circulación (CVC)
- Presentar una prueba de responsabilidad financiera, que suele ser un certificado de seguro de California [SR 22], un depósito en efectivo de 35 000 dólares, una fianza o un certificado de autoaseguramiento según el artículo 16430 del Código de Vehículos de California (CVC), y
- Mantener un justificante de responsabilidad financiera durante 3 años
Asuntos que se tratan en la audiencia del DMV por conducir bajo los efectos del alcohol
Los aspectos que se tratarán en la audiencia del DMV por conducir bajo los efectos del alcohol dependen de si en tu caso se ha registrado una concentración de alcohol en sangre superior al 0,08 % o si se alega que te negaste a someterte a una prueba de alcoholemia, de sangre o de orina. Los aspectos que se tratan en un caso en el que se ha realizado una prueba química y la concentración de alcohol en sangre es igual o superior al 0,08 % incluyen:
- Si el agente tenía motivos razonables para creer que conducías un vehículo a motor infringiendo los artículos 23152, 23153 o 23154 del CVC
- Tanto si te detuvieron legalmente mientras estabas en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol como si te arrestaron legalmente
- Tanto si conducías un vehículo a motor cuando:
- Una concentración de alcohol en sangre del 0,01 % o más mientras estás en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol
- una concentración de alcohol en sangre del 0,04 % o más al conducir un vehículo comercial, o
- Una concentración de alcohol en sangre de 0,08 % o más al conducir un vehículo no comercial
Entre las cuestiones que se plantean en un caso relacionado con una supuesta negativa a someterse a una prueba de alcoholemia, de sangre o de orina se incluyen:
- Tanto si te negaste a hacerte una prueba química como si no la completaste
- Si el agente tenía motivos razonables para creer que conducías un vehículo a motor infringiendo los artículos 23152, 23153 o 23154 del CVC
- Tanto si te detuvieron legalmente mientras estabas en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol como si te arrestaron legalmente
- Tanto si te dijeron que te suspenderían o revocarían el permiso de conducir durante uno, dos o tres años si te negabas a someterte a una prueba química o no la completabas
- Tanto si te negaste a someterte a una prueba química o a una prueba preliminar de detección de alcohol (PAS) (mientras estabas en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol) como si no la completaste, después de que un agente de policía te lo pidiera
Duración de la suspensión o revocación del ALS
La duración de la suspensión o revocación del permiso de conducir tras una detención por conducir bajo los efectos del alcohol en California depende de si te hiciste la prueba química o te negaste a hacerla, y de si tienes antecedentes penales.
Si te han hecho una prueba química y tu nivel de alcohol en sangre era de 0,08 % o más, se te suspenderá el permiso de conducir durante:
- Cuatro (4) meses por una primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol; o
- Un (1) año por una segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol en un plazo de 10 años
Nota: Esta suspensión de cuatro meses o un año también se puede imponer si los resultados muestran una concentración de alcohol en sangre del 0,04 % al conducir un vehículo comercial o del 0,01 % en el caso de cualquier persona que esté en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol, por orden judicial.
Si te has negado a someterte a las pruebas químicas, se te suspenderán los derechos de conducción:
- Si es tu primera infracción, te suspenderán durante un año.
- Si cometes una segunda infracción en los 10 años siguientes a otra infracción por conducir bajo los efectos del alcohol, te retirarán el carné durante dos años
- Si cometes una tercera infracción o una infracción posterior en un plazo de 10 años, te revocarán el permiso durante tres años.
Para un conductor en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol, impuesta por un tribunal
En el caso de un conductor que esté en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol (DUI) por orden judicial, si se ha sometido a una o varias pruebas preliminares de detección de alcohol (PAS) o a una prueba química y los resultados han mostrado un nivel de alcohol en sangre (BAC) del 0,01 % o más, además de la suspensión de la APS, el DMV te impondrá una suspensión simultánea de un año por haber incumplido la libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol. Las personas sancionadas en virtud de esta ley no podrán obtener un carné de conducir restringido durante ese año.
Si te negaste a someterte a pruebas químicas mientras estabas en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol, se te suspenderán los derechos de conducción durante:
- Una primera infracción supondrá la revocación de la licencia durante dos años, si estás en periodo de libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol, o
- Una segunda infracción o cualquier otra posterior, cometida en los 10 años siguientes a otra infracción por conducir bajo los efectos del alcohol, supondrá una retirada del carné de tres años, si estás en libertad condicional por ese delito.
Requisitos para obtener un permiso de conducir restringido tras una detención por conducir bajo los efectos del alcohol
Tras una detención por conducir bajo los efectos del alcohol en California, podrías tener derecho a un permiso de conducir restringido para uso no comercial si se cumplen todas las condiciones siguientes:
- Tu carné de conducir es válido por lo demás y no está suspendido por ningún otro motivo que no tenga que ver con la suspensión por conducir bajo los efectos del alcohol
- No tienes antecedentes penales que cumplan los requisitos, tal y como se explica a continuación
- En este caso no se trata de una negativa a someterse a la prueba, y
- No tenías menos de 21 años cuando se cometió el delito
Llámanos para saber más sobre las normas de suspensión de la APS cuando detienen a alguien menor de 21 años por conducir bajo los efectos del alcohol.
Solo puedes optar a un carné de conducir restringido no comercial tras una primera infracción, lo que significa que no has cometido ninguna otra infracción en los 10 años siguientes a una infracción independiente por conducir bajo los efectos del alcohol.
A efectos del permiso de conducir restringido, se entiende por «infracción por conducir bajo los efectos del alcohol» cualquier cargo que se haya rebajado a conducción temeraria; homicidio involuntario por accidente de tráfico, o una infracción del artículo 23140 del Código de Circulación de California (CVC) que haya dado lugar a una condena o a una resolución administrativa independiente por conducir con una tasa de alcoholemia del 0,01 % o más mientras estabas en libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol, conducir un vehículo comercial a cualquier edad con una tasa de alcoholemia del 0,04 % o más, conducir un vehículo no comercial con una tasa de alcoholemia del 0,08 % o más, o negarte a someterte a una prueba química.
A los titulares de un permiso de conducir comercial se les rebaja a un permiso de conducir no comercial de clase C si son condenados por conducir bajo los efectos del alcohol. Entonces, el antiguo titular del permiso de conducir comercial puede solicitar la restricción correspondiente que se indica a continuación, la cual permanecerá en vigor durante cinco (5) meses.
Si a alguien que ya tuvo un permiso de conducir comercial (CDL) le pusieron una multa en:
- Si tu vehículo no es de uso comercial, es posible que te concedan una restricción para conducir únicamente para ir y volver de un programa de tratamiento por conducir bajo los efectos del alcohol, y para ir y volver del trabajo o durante el horario laboral.
- Si tienes un vehículo comercial, es posible que puedas solicitar una autorización para conducir únicamente para ir y volver de un programa de tratamiento por conducir bajo los efectos del alcohol.
Requisitos para una licencia restringida sin fines comerciales
Tras una suspensión o revocación del permiso de conducir por conducir bajo los efectos del alcohol (APS), se te puede expedir un permiso de conducir restringido para uso no comercial si:
- Primero, apúntate a un programa autorizado para infractores sin antecedentes por conducir bajo los efectos del alcohol
- Avisa al organismo responsable del programa de que tienes intención de solicitar un permiso de conducir restringido
- Pide al organizador del programa que presente ante el DMV un certificado de inscripción (DL 107) en un programa autorizado para conductores que cometen su primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol (CVC § 23538(b))
- Presenta una prueba de responsabilidad financiera (por ejemplo, un certificado de seguro de California [SR 22], un depósito en efectivo de 35 000 dólares, una fianza o un certificado de autoaseguramiento según el artículo 16430 del Código de Vehículos de California [CVC]), y
- Paga una tasa de reemisión de 125 dólares
Una vez finalizado el periodo de suspensión obligatorio de 30 días (el periodo de suspensión «severa»), es posible que se te permita solicitar un carné de conducir con restricciones. Deberías solicitar una restricción para el trayecto de ida y vuelta al trabajo y para la duración del programa de conducción bajo los efectos del alcohol.
Tu permiso de conducir quedará restringido para que puedas conducir hacia y desde tu lugar de trabajo, así como durante tu jornada laboral, y para ir y volver del programa de conducción bajo los efectos del alcohol. La restricción tiene una validez de cinco (5) meses a partir de la fecha de expedición.
Nota: Si te inscribes en el programa de conducción bajo los efectos del alcohol (DUI) pero no lo completas, se lo notificarán al DMV y este te suspenderá el permiso de conducir durante un máximo de cuatro (4) meses.
Cómo encontrar un abogado para un caso de suspensión del permiso de conducir por conducir bajo los efectos del alcohol (APS) en California
Llama a nuestros abogados para saber más sobre las audiencias de suspensión del APS por conducir bajo los efectos del alcohol en las oficinas del DMV de California. Representamos a clientes acusados de una amplia variedad de delitos relacionados con la conducción bajo los efectos del alcohol, desde una primera infracción hasta condenas más graves por segunda o tercera reincidencia.
Conocemos bien las tácticas que usan la unidad de control de conducción bajo los efectos del alcohol de los cuerpos de policía municipales, la Patrulla de Carreteras de California y otras fuerzas del orden locales de California.
Ticket Crushers se encarga de casos de conducción bajo los efectos del alcohol en los que se haya realizado una prueba de alcoholemia, un análisis de sangre o se haya negado a someterse a la prueba. Llámanos para saber más sobre cuál es tu mejor defensa y cómo puedes defender tu caso. Llámanos hoy mismo al 1 (866) 842-5384.
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