Norma 4.105
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La Norma 4.105 de los Tribunales de California prohíbe a los tribunales exigir a los acusados de infracciones que depositen una fianza para comparecer, ya sea en la lectura de cargos o en el juicio, a menos que se aplique una excepción legal específica. Según la Norma 4.105, un tribunal de tráfico de California solo puede exigir a los acusados de infracciones que depositen una fianza antes de la primera comparecencia cuando:
- El acusado opta por un procedimiento previsto en la ley (como el juicio por declaración escrita) que exige el depósito de una fianza;
- El acusado, en la vista de lectura de cargos, se niega a firmar un compromiso por escrito de comparecer en futuras actuaciones judiciales; o
- El tribunal considera que es poco probable que el acusado en cuestión comparezca según lo ordenado sin que se haya depositado una fianza, y expone en el expediente los motivos de esa conclusión.
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Equidad en los casos de multas de tráfico en California
Para garantizar la equidad procesal en los casos de infracciones, las comisiones proponen modificar la norma 4.105(d) para facilitar las disposiciones relativas a las notificaciones. La norma modificada exigiría que la página web local de los juzgados de primera instancia incluya un enlace a la información estatal de autoayuda sobre tráfico publicada en la página web del poder judicial de California en: http://www.courts.ca.gov/selfhelp-traffic.htm.
Además de la información sobre la comparecencia ante el tribunal para la lectura de cargos y el juicio, la guía práctica incluye consejos sobre otros temas, como:
- escuela para infractores de tráfico;
- planes de pago para las infracciones de tráfico;
- servicio a la comunidad;
- infracciones subsanables;
- juicio por declaración escrita en un caso de tráfico;
- las consecuencias de no presentarse en el juzgado de tráfico; o
- Consecuencias por no pagar en el juzgado de tráfico.
La Norma 4.105 de los Tribunales de California no se aplica a los recursos de apelación, a los asuntos posteriores a la condena ni a los casos en los que el acusado solicite comparecer ante el tribunal tras no haber pagado una multa o no haberse presentado ante el juzgado de tráfico.
Excepciones legales a la norma 4.105 sobre la fianza en los juzgados de tráfico
Varias disposiciones legales del Código de Tráfico de California permiten que, en un caso de infracción, un tribunal exija al acusado que haya recibido una citación por escrito que opte por depositar una fianza en lugar de comparecer ante el tribunal, o bien que lo haga antes de la fecha indicada en la citación.
El artículo 40510 del Código de Tráfico de California (CVC) permite que el acusado deposite la fianza antes de la fecha indicada en la citación.
El artículo 40519(a) del Código de Procedimiento Penal (CVC) permite que un acusado que haya recibido una citación por escrito declare su intención de declararse inocente y deposite la fianza antes de la fecha de la citación, con el fin de optar por que la lectura de cargos y el juicio se celebren en la misma fecha o en fechas distintas.
El artículo 40519(b) del Código de Procedimiento Penal (CVC) permite que un acusado que haya recibido una notificación por escrito para comparecer deposite la fianza y se declare inocente por escrito, en lugar de comparecer en persona.
El artículo 40902 del Código de Procedimiento Civil (CVC) autoriza el juicio mediante declaración escrita.
Recursos adicionales
Norma 4.105 del Tribunal de Tráfico de California: visita la web del Poder Judicial de California para saber más sobre las normas del tribunal de tráfico, incluida la Norma 4.105, recientemente modificada, relativa a la comparecencia sin depósito de fianza en casos de infracciones tras recibir una notificación por escrito para comparecer. Las normas se modificaron por última vez el 1 de enero de 2017. A la hora de fijar el importe de la fianza cuando el acusado no firma un compromiso por escrito de comparecencia o cuando el tribunal considera que es poco probable que el acusado comparezca según lo ordenado sin el depósito de una fianza, el tribunal debe tener en cuenta todas las circunstancias, incluyendo si el acusado ha incumplido anteriormente el pago o la comparecencia de forma deliberada tras recibir la notificación adecuada.
Lee los comentarios de la ACLU sobre la Norma 4.105: el 4 de septiembre de 2015, los abogados de la Unión Americana por las Libertades Civiles (ACLU) del Norte de California escribieron un comentario sobre la propuesta de modificación de la Norma 4.105 en el que instaban al Consejo Judicial a aprobarla. En el comentario se señalaba que privar a alguien del derecho a impugnar una multa de tráfico hasta que se hayan pagado íntegramente las multas, las sanciones y otros recargos derivados de la misma constituye una clara violación del debido proceso, la igualdad de protección y otros derechos y garantías constitucionales. Antes de la enmienda, los jueces de los tribunales de tráfico denegaban a las personas el derecho a un juicio por no poder pagar la «fianza».
Edición de 2017 del Manual del Código Penal de California – Norma 4.105 – Visita Google Books para encontrar la edición de 2017 del Manual del Código Penal de California, donde podrás consultar el texto completo de la Norma 4.105, recientemente modificada.
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